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El
fuero es inmunidad, no impunidad
Se
puso en tela de juicio al fuero legislativo y, como en otras
veces, la discusión seria fue desplazada por el falso
debate, la reiteración de lugares comunes y el infaltable
lucimiento de quienes, ávidos por opinar de todo, propusieron
suprimir la disposición jurídica que, a su pobre
entender, permite a los representantes populares actuar "por
encima de la ley". Demuestran ignorancia o mala fe; los
legisladores gozan de inmunidad, no impunidad. Como lo indica
el significado de ambos términos, no es lo mismo ser
inmune -protegerse contra una amenaza- que impune -no recibir
castigo por algún ilícito.
El
artículo 61 de la Constitución es claro al respecto:
diputados y senadores "son inviolables por las opiniones
que manifiesten en el desempeño de sus cargos".
Es verdad que este precepto remite a la indispensable autonomía
que requiere dicho poder para cumplir con el papel de contrapeso
y, en tal medida, ser un factor de equilibrio y moderación.
Pero sus implicaciones van más allá: un legislador
no puede ser reconvenido ni amordazado, pues su voz es la
de quien lo eligió y, por tanto, acallarla supone negarle
el elemental derecho de expresión a la comunidad. No
se trata, entonces, de defender un privilegio o de beneficiarse
de un régimen de excepción; tampoco de mantener
disposiciones que, por cierto, lejos de ser patente de corzo
o un instrumento discrecional, están sujetas a procedimientos
transparentes y rigurosos.
Si
todo ciudadano, por el simple hecho de serlo, debe gozar de
garantías básicas, para los miembros del Congreso
que, además de aprobar las leyes, contienen los excesos
y corrigen los errores del Ejecutivo, ser respetados en su
integridad es, más que prerrogativa, condición
para la salud de la república.
Sobre
todo en un momento en que, a falta de más y mejores
políticos, los diferendos se judicializan, dando pauta
a la suposición de que, si el fuero no existiese, los
legisladores podrían ser objeto de persecución,
e incluso, de venganza, de chantaje o de presión, independientemente
de que las acusaciones en su contra puedan ser justificadas
o se apeguen a la ley.
Si
quien ha recibido el mandato lo pervierte, socava la dignidad
de su investidura, y aun, le acarrea desdoro por su comportamiento
público, por supuesto que debe ser objeto de sanción.
Sin embargo, su caso es particular y como tal debe tratársele.
Ahí están las leyes para que se le juzgue como
a cualquier individuo y, sobre todo, está la opinión
pública, normalmente inapelable.
Nadie
está en contra de que el fuero sea revisado y sometido
a eventuales cambios que lo adapten a las circunstancias.
Pero toda propuesta debe darse en el marco de nuestro derecho
positivo y no perder de vista la historia, que explica la
razón de ser de lo que hoy algunos no comprenden.
Hemos
avanzado tanto en el disfrute de las libertades políticas,
como en el ejercicio responsable del poder público.
Lejos estamos, afortunadamente, de los tiempos sombríos
en que expresarse con dignidad e independencia causó
la prisión o la muerte a prohombres como Belisario
Domínguez. Pero lejos de ser ése el argumento
para tildar al fuero de anacrónico o innecesario, debe
perfeccionársele y darle nuevas connotaciones para
que responda a nuevos tiempos y siga siendo eficaz.
Debe
ser analizado con cuidado y no dejárselo sólo
a quienes hablan para dar la nota.
*ccq@cesarcamacho.org.mx
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September 4, 2003
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